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Tribunal Federal de Justicia Administrativa abrió juicio por corrupción a funcionaria del ISSSTE coludida con AstraZeneca

Foto: Especial

JORGE TORRES

01/07/2024

Con base en la investigación de la Secretaría de la Función Pública sobre una trama de corrupción en la que se vio envuelta la subcoordinadora de la Jefatura de Servicios del Sistema de Control y Regulación de Abasto del ISSSTE, Heriberta Flores Hernández, acusada de haberse coludido con la farmacéutica AstraZeneca para la adjudicación de un contrato de más de 38 millones de pesos, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó abrir un expediente para enjuiciar a la funcionaria.

La Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves del TFJA, notificó el 22 de enero de este año a Heriberta Flores Hernández, el acuerdo que tomó la Sala unos días antes, el 12 de enero, para abrir el expediente 1628/23-RA1-01-7, “toda vez que la conducta infractora atribuida es considerada como grave en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

La valoración de los tres magistrados de la Sala, se basó en las 640 fojas de la indagatoria de la Secretaría de la Función Pública (SFP), que integra el expediente de investigación 2023/ISSSTE/DE347, y el de responsabilidad administrativa PAR-8396/2023.

En dichos expedientes, la SFP detalla la trama de colusión de Heriberta Flores Hernández con la farmacéutica AstraZeneca, que derivó en un contrato de más de 38 millones de pesos otorgado por adjudicación directa, en el que participó su hijo, Francisco Javier Puebla Flores, representante legal de la empresa.

El Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, fechado por la Función Pública el 7 de noviembre de 2023, concluye que en la adjudicación del contrato a la empresa AstraZeneca, se incurrió en “utilización indebida de información” y “actuación bajo conflicto de interés”.

“Con motivo de sus funciones (Heriberta Flores Hernández) tiene conocimiento de los programas institucionales relacionados con las necesidades de insumos… por lo cual, al contar con información privilegiada y tener un lazo de consanguinidad en primer grado con Francisco Javier Puebla Flores, representante legal de la empresa AstraZeneca, quien participó en el procedimiento de contratación directa número AA-012M7B998-E41-2021… circunstancias que generaron ventajas y mejores condiciones frente a otros proveedores al estar en aptitud de disponer de información privilegiada… tan es así que tuvo como beneficio la adjudicación directa 210063ME para la adquisición de claves correspondientes a los medicamentos Palivizumab… por lo que con su actuar, la citada servidora pública transgredió lo establecido en los artículos 55 y 56 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas…”, señala el informe.

Con relación al conflicto de interés, dice el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa de Función Pública:

“La servidora pública Heriberta Flores Hernández en su calidad de encargada de la Jefatura de Servicios de SICORA (Sistema de Control y Regulación de Abasto) el 21 de julio de 2021 suscribió el oficio número DNAyF/SI/JSS/1695/2021 dirigido a la Subdirección de Abasto de Insumos Médicos del ISSSTE en el que envió el requerimiento de compra de bienes… para llevar a cabo la compra de trescientas veintiocho claves de medicamentos, para lo cual anexó el Requerimiento de Compra de Bienes 0051 del catorce de junio de dos mil veintiuno, lo que motivó que se continuara con los trámites adquisitivos de formalización de los contratos derivados de dicha compra, a fin de que se ejercieran las órdenes de suministro para llevar a cabo el procedimiento de adjudicación directa de número AA-012M7B998-E41-2021, del que se adjudicó el contrato abierto número 210063ME para la adquisición de claves… correspondientes a los medicamentos Palivizumab… a la empresa AstraZeneca, de la cual es representante legal Francisco Javier Puebla Flores, quien tiene parentesco consanguíneo en primer grado con la servidora pública investigada y quienes en ningún momento del desahogo del procedimiento de contratación, se excusaron de participar en el mismo, existiendo un interés real y potencial, de conflicto de interés…”.

Ante los hechos documentados por la Secretaría de la Función Pública, la Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, notificó a la funcionaria que “la falta administrativa señalada… son de las expresamente consideradas como graves… por lo que es competente para conocer del presente asunto”.

El expediente 1628/23-RA1-01-7 está bajo la responsabilidad de los magistrados María Ozana Salazar, Juan Carlos Reyes Torres y Carlos Humberto Rosas.

De acuerdo con los datos oficiales del sistema electrónico de información pública del gobierno en materia de contrataciones públicas (Compranet), en el contrato 210063ME, adjudicación directa AA-012M7B998-E41-2021, fungió como “unidad compradora” la “Jefatura de Servicios de adquisición de medicamentos” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), y el monto del contrato con AstraZeneca fue de 38 millones 220 mil 480 pesos.

RESPONDE EL ISSSTE A LA INVESTIGACIÓN DE EL POST Y EXONERA A FUNCIONARIA INVESTIGADA POR FUNCIÓN PÚBLICA Y PRESUNTA RESPONSABLE EN UN JUICIO ABIERTO POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

En una “tarjeta aclaración”, fechada el 30 de junio de 2024, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a través de su área de Comunicación Social, envió la “posición” del ISSSTE. Se transcribe íntegro el documento.

C. Jorge Torres

Periodista

Presente

Con relación a la información difundida en la nota titulada “SFP investiga red de corrupción en el ISSSTE y señala a funcionaria coludida con AstraZeneca”, publicada en el portal de noticias el Post, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) informa:

Las claves objeto de la presunta responsabilidad administrativa habían sido proyectadas, programadas y cargadas para su compra antes de que la funcionaria pública de la cual se realiza la investigación entrara a laborar al ISSSTE como consta en el oficio No. DNAYF/140.1/0560/2021, emitido por el entonces director Normativo de Administración y Finanzas del ISSSTE.

Por lo tanto, no se configura una información privilegiada conforme a lo estipulado en el artículo 56 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, ya que no fue parte de esos procedimientos.

El procedimiento de contratación número AA-012M7B998-E41-2021 del cual se señala un supuesto conflicto de interés, fue realizado por parte del Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI), no así por el ISSSTE, y se notificó al representante legal de la farmacéutica, quien no tiene ningún parentesco con la funcionaria.

La asignación de las claves de Palivizumab 50 mg y Palivizumab solución inyectable, contenidas en el proceso de contratación mencionado en el párrafo inmediato anterior, son medicamentos de Patente o Fuente Única (único oferente), es decir, son claves que no tienen competidor, por lo que se adjudican directamente para no transgredir derechos de propiedad intelectual, de tal suerte que no se configura lo dispuesto en los artículos 49, 55, 56 y 58 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Tampoco se configura una información privilegiada o ventaja, ya que los precios de ambas claves de medicamento no tuvieron ningún incremento en el ejercicio 2021, con respecto al precio en el que se adquirieron en el ejercicio fiscal 2020.

De lo anterior se advierte que la funcionaria pública de la cual se realiza la investigación no participó en el proceso de contratación de las claves de medicamento, cuyo trámite administrativo fue llevado a cabo por servidores públicos de otro organismo público, por lo que no se contravino lo dispuesto en los artículos 55, 56 y 58 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Sirva lo anterior para aclarar la información que se publica.

RESPUESTA DEL REPORTERO

De acuerdo con la “aclaración” del ISSSTE “las claves objeto de la presunta responsabilidad administrativa habían sido proyectadas, programadas y cargadas para su compra antes de que la funcionaria pública de la cual se realiza la investigación entrara a laborar al ISSSTE”.

Dice la Secretaría de la Función Pública:

“La servidora pública Heriberta Flores Hernández en su calidad de encargada de la Jefatura de Servicios de SICORA (Sistema de Control y Regulación de Abasto) el 21 de julio de 2021 suscribió el oficio número DNAyF/SI/JSS/1695/2021 dirigido a la Subdirección de Abasto de Insumos Médicos del ISSSTE en el que envió el requerimiento de compra de bienes… lo que motivó que se continuara con los trámites adquisitivos de formalización de los contratos derivados de dicha compra, a fin de que se ejercieran las órdenes de suministro para llevar a cabo el procedimiento de adjudicación directa de número AA-012M7B998-E41-2021, del que se adjudicó el contrato abierto número 210063ME para la adquisición de claves… correspondientes a los medicamentos Palivizumab… a la empresa AstraZeneca…”.

Sobre el señalamiento de conflicto de interés “aclara” el ISSSTE:

“El procedimiento de contratación número AA-012M7B998-E41-2021 del cual se señala un supuesto conflicto de interés, fue realizado por parte del Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI), no así por el ISSSTE, y se notificó al representante legal de la farmacéutica, quien no tiene ningún parentesco con la funcionaria”.

Sin embargo, en el sistema electrónico de información pública del gobierno en materia de contrataciones públicas (Compranet), se registra que en el contrato 210063ME, adjudicación directa AA-012M7B998-E41-2021, fungió como “unidad compradora” la “Jefatura de Servicios de adquisición de medicamentos”, dependiente de la subdirección de Abasto del ISSSTE.

Además, dice la Secretaría de la Función Pública:

“…AstraZeneca, de la cual es representante legal Francisco Javier Puebla Flores, quien tiene parentesco consanguíneo en primer grado con la servidora pública investigada y quienes en ningún momento del desahogo del procedimiento de contratación, se excusaron de participar en el mismo, existiendo un interés real y potencial, de conflicto de interés…”.

“Aclara” el ISSSTE sobre los medicamentos de AstraZeneca:

“La asignación de las claves de Palivizumab 50 mg y Palivizumab solución inyectable, contenidas en el proceso de contratación mencionado en el párrafo inmediato anterior, son medicamentos de Patente o Fuente Única (único oferente), es decir, son claves que no tienen competidor”.

De acuerdo con la norma legal en adjudicaciones directas de contratos, la entidad compradora deberá realizar una investigación de mercado para establecer si realmente hay un solo medicamento de patente que cubra las necesidades en la adquisición. El ISSSTE deberá informar si existe ese documento.

Concluye su “aclaración” el ISSSTE:

“… Se advierte que la funcionaria pública de la cual se realiza la investigación no participó en el proceso de contratación de las claves de medicamento, cuyo trámite administrativo fue llevado a cabo por servidores públicos de otro organismo público, por lo que no se contravino lo dispuesto en los artículos 55, 56 y 58 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

Concluye la Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves del Tribunal Federal de Justicia Administrativa al abrir el expediente 1628/23-RA1-01-7.

“La falta administrativa señalada… son de las expresamente consideradas como graves… por lo que es competente para conocer del presente asunto… toda vez que la conducta infractora atribuida es considerada como grave en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.